martes, 28 de junio de 2016

Feria de AFORES 2016 en la CDMX

Alistemos nuestra Agenda ::​➩próxima Feria de AFORES 2016 en la CDMX (Explanada del Monumento a la Madre / Sullivan y Villalongín Del. Cuauhtémoc del dia Jueves 7, al Domingo 10 de julio de 10:00 a 18:00 hrs.)

Habrá módulos de orientación y trámites del: #IMSS, #ISSSTE, #RENAPO, #FOVISSSTE, #SAT, #INFONAVIT, #REGISTRO CIVIL, #PROFEDET, #CONDUSEF

​✻ la entrada es GRATUITA! ​✻

sábado, 11 de junio de 2016

Esquema de CUENTAS INDIVIDUALES*

En el 2007, con la nueva Ley del ISSSTE, el sistema de pensiones cambió de uno en que el gobierno pagaba la pensión, a otro de “Cuentas individuales”, donde las pensiones se pagan con los recursos que se acumulen en las cuentas individuales de los trabajadores, producto de las aportaciones de la Dependencia, del Gobierno Federal y del propio trabajador. Las cuentas individuales son administradas por una AFORE o por el PENSIONISSSTE, propiedad de los trabajadores y heredables a sus beneficiarios.En México con el esquema de cuentas individuales, el pensionado sólo recibe el 30% de lo que le corresponde.


“En ese momento la esperanza de vida NO era tan alta como ahora y la gente se pensionaba más joven. Pero a partir de los años 70 se observó un mayor crecimiento poblacional y esperanza de vida. Esto generó que el pago de pensiones fuera cada vez más alto”.

Generación de Transición: Trabajadores que podrán optar entre la LSS97 o LSS73 al momento del retiro.Generación Afore: Trabajadores que solo pueden optar por la LSS97 al momento del retiro. 

sábado, 4 de junio de 2016

Régimen pensionario de CUENTAS INDIVIDUALES

Anteriormente los trabajadores del ISSSTE podían pensionarse bajo el régimen del artículo Décimo Transitorio que les permitía obtener una pensión vitalicia, sin embargo, la última reforma importante en la Ley del ISSSTE dio pie a la creación de un nuevo régimen pensionario: CUENTAS INDIVIDUALES.
Este régimen comenzó a generar diversas dudas entre los trabajadores en activo y los pensionados pertenecientes al ISSSTE que se encuentran próximos a pensionarse porque una vez reformada la Ley, los trabajadores que se encontraban en activo para el 1 de abril de 2007 tuvieron que elegir entre el régimen del Décimo Transitorio o CUENTAS INDIVIDUALES.
Problemática: falta de información ya que los trabajadores que NO eligieron de forma clara el régimen por el cual querían pensionarse, fueron colocados automáticamente en el Régimen del Décimo Transitorio. Mientras que, aquellos que NO se encontraban en activo para el 1 de abril de 2007 y posteriormente volvieron al servicio, fueron enviados al Régimen de CUENTAS INDIVIDUALES de forma inmediata creando una confusión y toma de decisiones erróneas.
¿Qué significa estar bajo el régimen de CUENTAS INDIVIDUALES en el ISSSTE?
El régimen de CUENTAS INDIVIDUALES o Bono de Pensión (se llama así porque los años cotizados antes de la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE, se tradujeron en una cantidad específica de dinero, sin embargo, NO es un bono extra de la pensión como comúnmente se cree), se refiere a la cuenta que tiene un trabajador en el Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado(PENSIONISSSTE), o en alguna Administradora de Fondo para el Retiro (AFORE) que el mismo trabajador elije.
El ahorro en la CUENTA INDIVIDUAL se conforma de:
  • Aportaciones del Trabajador.
  • Ahorro Solidario (Aportaciones del Patrón).
  • Aportaciones Voluntarias.
  • FOVISSSTE
  • SAR

Los primeros tres rubros conforman las cuotas de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, que es de donde se conforma la cuota pensionaria como tal, es decir, la cantidad que se va a entregar como pensión.
¿Cómo pensionarse bajo el régimen de Cuentas Individuales?
Es aquí donde el régimen cambia totalmente con respecto al régimen Décimo Transitorio, pues en éste la pensión se va a pagar con base en el ahorro del trabajador, para lo cual se deben cumplir tres requisitos principales:
-Tener 60 años de edad cumplidos.
-Haber cotizado un mínimo 25 años al ISSSTE.
-Un ahorro mínimo para poder obtener la pensión garantizada (equivalente a 2 salarios mínimos vigentes = $5,600.00).
¿Cómo se recibe la pensión en  el Régimen de CUENTAS INDIVIDUALES?
El pensionado puede recibir su pensión en la modalidad de: Renta Vitalicia. La anterior se calcula en base al saldo de la CUENTA INDIVIDUAL y la edad del trabajador. El monto de la pensión se establece de inicio y se aumenta conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor anualmente en el mes de febrero.
La pensión se entrega de forma mensual al pensionado una vez elegida esta modalidad y NO se podrá cambiar de decisión.En caso de que el pensionado fallezca, los familiares reciben la pensión siempre y cuando hayan sido designados beneficiarios. Existen diferentes aseguradoras donde usted puede solicitar el pago de la pensión, entre las que se encuentran:
-Pensiones BBVA Bancomer
-Pensiones Banorte Generali
-Profuturo GNP Pensiones
-Pensiones SURA, entre otras.
La diferencia entre cada una de ellas radica en los costos del Seguro de sobrevivencia. Es muy importante saber que una vez que se elija la aseguradora y se firme el documento de Oferta de pensión, no se podrá cambiar de aseguradora.
Es necesario contar con la asesoría especializada para analizar su situación y ofrecer la mejor solución al respecto, así como la orientación debida sobre lo que significa cada régimen y sus diferencias. Le ofrecemos asesorías gratuitas para que conozca cuáles son sus derechos y beneficios por haber laborado con esfuerzo y dedicación al IMSS y/o ISSSTE.
Teléfonos de contacto: 5918- 8302
Correo electrónico: PensionesABC@gmail.com
Redes sociales: Facebook PensionesABC, Twitter @PensionesABC,